Cómo entender el etiquetado de los alimentos

  • La descripción de los alimentos responde al derecho de información que tenemos los ciudadanos y debe ser claro, comprensible y eficaz

La etiqueta nutricional de un alimento es su carta de presentación. Con ella, el consumidor puede conocer las características nutritivas del producto y decidir su compra, según sus necesidades. La tendencia en el etiquetado de alimentos es a que debe ser más sencillo y eficaz. El Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio, es el que recoge todo lo relativo a ello, imponiendo dicha obligación para aquellos productos alimenticios destinados a ser entregados sin posterior transformación al consumidor final.

1 Elementos básicos del etiquetado

El etiquetado son las menciones, indicaciones, marcas de fábrica o comerciales, dibujos o signos relacionados con el producto que figuren en el envase, documento, rótulo, etiqueta, faja que acompañen o se refieran a dicho producto alimenticio. Los elementos que lo componen son:

a) La denominación de venta del producto.

b) La lista de ingredientes.

c) La cantidad de determinados ingredientes o categoría de ingredientes.

d) El grado alcohólico en las bebidas con una graduación superior en volumen al 1,2 por 100.

e) La cantidad neta, para productos envasados.

f) La fecha de duración mínima o la fecha de caducidad.

g) Las condiciones especiales de conservación y de utilización.

h) El modo de empleo, cuando su indicación sea necesaria para hacer un uso adecuado del producto alimenticio.

i) Identificación de la empresa: el nombre, la razón social o la denominación del fabricante o el envasador o de un vendedor establecido dentro de la Unión Europea y, en todo caso, su domicilio.

j) El lote.

k) El lugar de origen o procedencia.

Junto el envasador o importador certifica que el contenido declarado está dentro de los márgenes de error con respecto al real permitidos por las normas.

2 Denominación, peso, fecha e identificación de la empresa

Si tomamos como un ejemplo un paquete o brick de zumo vamos a identificar cada una de las partes. En la parte superior: la denominación del producto, peso neto, fecha de caducidad e identificación de la empresa:

a) Denominación del producto: Es tal y como se denomina el producto en España. por ejemplo: zumo de uva. Es distinto del nombre comercial o publicitario.

b) Peso neto: En los productos envasados tienen que aparecer expresados en peso para los sólidos y en volumen para los líquidos.

c) Fecha: Además, lleva el número de lote al que pertenece el producto. El lote es el conjunto de unidades de venta de un producto alimenticio producido, fabricado o envasado en circunstancias prácticamente idénticas. Es una identificación que llevan todos los productos obligatoriamente elaborados bajo las mismas circunstancias o con la misma masa. Consta con la letra "L" seguida del número del lote.

Tipo de alimentos muy perecederos (de 1 a 14 días): productos frescos (leche, carne, pescado, fruta y verdura), queso y yogur.

Medianamente perecederos (de 14 días a 6 meses): leche UHT, galletas, zumos, helados, chocolate, etc.

Poco perecederos (6 meses o más): leche en polvo, congelados, conservas y alimentos secos (arroz, legumbres, café, cacao, etc.).

d) Nombre de la empresa: Nombre, razón social o la denominación del fabricante del envasador o de un vendedor establecido por la UE.

3 Calidad, modo de empleo, ingredientes e información nutricional

a) Calidad: cuando lo requiera el producto. En el caso del turrón por ejemplo, turrón de calidad suprema.

b) Modo de empleo: En caso de que sea necesario por el tipo de producto.

c) Lista de ingredientes: En orden decreciente a su peso en el momento en que se incorporen durante el proceso de elaboración, incluidos los aditivos. No es necesario cuando es un producto de un solo ingrediente.

d) Información nutricional: Esta no es obligatoria en España. Sólo lo es en aquellos productos cuya presentación hace referencia a características nutricionales como, por ejemplo, 'rico en calcio', 'bajo en colesterol' o 'con vitamina A y E'.

4 Condiciones especiales de conservación

Dependiendo del tipo de producto. El mensaje que puede aparecer es: 'conservar en lugar fresco y seco' o 'mantener de 0 a 4ºC'.

5 E-200, ¿esto qué es?

En medio de un listado de ingredientes nos encontramos con nomenclaturas como E-345 y no sabemos la razón de su inclusión ni su significado. Básicamente, es el listado de aditivos alimenticios admitidos por la UE y que obedecen a un criterio.

El primer dígito: 1 para los colorantes, el 2 para conservantes, el 3 para antioxidantes, el 4 para estabilizantes y emulsionantes, el 5 y 6 para potenciadores del sabor y 9 para los edulcorantes.

El segundo dígito: Se refiere a la familia del aditivo (por ejemplo cuando se trata de colorantes indica el color, en el caso de antioxidantes y conservantes el grupo químico al que pertenece).

En concreto el E-200 es el conservante relativo al ácido sórbico.

6 Los aditivos en concreto

En medio de un listado de ingredientes nos encontramos con nomenclaturas como E-345 y no sabemos la razón de su inclusión ni su significado. Básicamente, es el listado de aditivos alimenticios admitidos por la UE y que obedecen a un criterio. El 1 para los colorantes, el 2 para conservantes, el 3 para antioxidantes, el 4 para estabilizantes y emulsionantes, el 5 y 6 para potenciadores del sabor y 9 para los edulcorantes. El siguiente:

- Colorantes. Cuando en una lista de ingredientes empezamos a encontrar códigos como: E-122 no se refiere a otra cosa que a colorantes alimenticios. Del E-100 al E-180 son todos los colorantes que existen.

- Conservantes. Van del E-200 al E-285. Se utilizan para conservar y que duren más los alimentos por lo que su caducidad natural se ha modificado

- Antioxidantes. Del E-300 al E-321. Son moléculas que previenen o retardan la oxidación de otras moléculas. Se encuentra contenida en la naturaleza en elementos como el ajo, la uva, la cereza, etc. y sus moléculas antioxidantes podrían ser el ácido elágico, las isoflavonas, etc.

- Edulcorantes. E-420 y E-421 y E-950 al E-968. El edulcorante es un aditivo que potencia el efecto del azúcar. Por ejemplo la sacarosa E-954 en sus versiones: sacarina, sacarina sódica, sacarina cálcica y sacarina potásica.

- Emulgentes, estabilizadores, gelificantes y espesantes. Los emulgentes permiten mezclar dos líquidos. Los espesantes permiten hacer que las sustancias sean más viscosas y los gelificantes dan textura a los líquidos haciendo que sea un gel o gelatina. Todos ellos comienzan en el E-322 con las lecitinas y luego desde el E-400 al E-495.

7 Acidulantes y alimentos que esperan asignación

Hay un listado extenso de aditivos que tienen su significado. Van desde el E-170 del carbonato cálcico, al E-330 del ácido cítrico o el E-1200 con la polidextrosa. Consulta el listado en el apartado final 'Otros' para chequear cuales son.

Aditivos que esperan asignación:

- Número sin letra: significa que está pendiente de asignación de la letra E por la UE.

- H y un número: identificación asignada por la Administración española en espera de asignación definitiva por la UE.

8 Alimentos no envasados, carnes y pescados

Estos también tienen que incorporar datos obligatorios mediante etiqueta o cartel en el lugar de venta: Denominación del producto, el estado físico o tratamiento al que haya sido sometido y su categoría, calidad, variedad y origen.

En la carne ha de especificarse su procedencia (p.ej. jamón de Jabugo) y denominación comercial de la pieza (rabadilla, paleta, etc.).

En los pescados debe incluirse: Denominación, estado físico, categoría de calidad, variedad y origen; lista de ingredientes; cantidad neta; fecha de caducidad y/o duración mínima; identificación de la empresa; condiciones de conservación.

9 Etiquetado de productos especiales y para celiacos

- Etiquetado ecológico: Los productos llevan una etiqueta numerada y un logotipo específico con el nombre y/o el código de la autoridad u organismo de control, además de la leyenda "Agricultura ecológica". Esto significa que la finca donde se ha producido o elaborado el producto está sometida a los controles e inspecciones de la autoridad o de la respectiva comunidad autónoma y que cumple con el Reglamento europeo.

- Etiquetado de alérgenos: De acuerdo con FACUA "Estos alérgenos son los cereales que contienen gluten, el pescado, los crustáceos, los huevos, los cacahuetes, la soja, la leche y sus derivados incluida la lactosa, los frutos de cáscara, el apio, la mostaza, los granos de sésamo y los sulfitos."

- Etiquetado en transgénicos: Sólo es obligatorio su etiquetado cuando se detecte en el alimento el ADN modificado por la manipulación genética o las proteínas procedentes de este ADN modificado.

- Etiquetado para celiacos: Fíate de aquellos productos que explícitamente muestren el logo de "Controlado por FACE". En el caso de aquellos productos que expliciten 'Sin gluten' revisa que no esté contaminado con otros elementos

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